Resumen
La Comunidad de Madrid ha publicado dos convocatorias de ayudas para el fomento de inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027.
La Comunidad de Madrid ha publicado dos convocatorias de ayudas para el fomento de inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027. Ambas líneas de ayudas, con bases reguladoras comunes, están dirigidas a:
-
Entidades asociativas agrarias (cooperativas y sociedades agrarias de transformación).
-
Empresas agroalimentarias no asociativas, incluyendo microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES) y empresas intermedias.
¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
Estas subvenciones tienen como finalidad apoyar un amplio abanico de inversiones destinadas a:
-
Mejorar el rendimiento y el desarrollo económico de las empresas agroalimentarias.
-
Fomentar la calidad de los productos.
-
Potenciar la seguridad alimentaria.
-
Impulsar la innovación y la transformación digital.
-
Desarrollar nuevos productos y abrir nuevos mercados.
-
Valorar subproductos agrarios y fomentar la sostenibilidad.
¿Quién puede beneficiarse?
Pueden acceder a estas ayudas:
-
Empresas agroalimentarias (PYMES o intermedias) cuyas instalaciones estén ubicadas en la Comunidad de Madrid.
-
Que transformen, comercialicen y/o desarrollen productos incluidos en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), o productos alimentarios si la inversión se ubica en medio rural.
¿Qué tipo de inversiones son subvencionables?
Son elegibles, entre otras:
-
Construcción, adquisición o mejora de inmuebles.
-
Adquisición de maquinaria y equipos nuevos, incluyendo software y TIC.
-
Implantación de sistemas de gestión de calidad.
-
Honorarios técnicos y estudios de viabilidad.
-
Gastos vinculados a licencias, permisos, patentes y licencias.
Cuantía de las ayudas
La ayuda base es del 20% del total subvencionable, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 40% si se cumplen algunos de los siguientes criterios adicionales:
Para entidades asociativas agrarias:
-
Inversiones en municipios rurales de la Comunidad de Madrid: +10%
-
Uso de materia prima local (al menos 30% del sector primario local): +5%
-
Empresas inscritas en el Comité de Agricultura Ecológica con productos ecológicos certificados: +5%
-
Participación en proyectos AEI o de organizaciones de productores: +20%
Para empresas no asociativas:
-
Inversiones en municipios rurales: +5%
-
Participación en proyectos colectivos: +5%
-
Uso de materia prima local (mínimo 30%): +5%
-
Elaboración de productos ecológicos certificados: +5%
-
Participación en AEI o uniones de organizaciones de productores: +20%
La intensidad máxima de ayuda no podrá superar el 40% del coste de la inversión total subvencionable.
Plazo de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (3 de abril de 2025).
Más información
Para acceder al detalle de la convocatoria, modelos de solicitud y requisitos, se puede consultar la web de la Comunidad de Madrid. https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-industrias-agroalimentarias-1